Reclamaciones previas

Reclamaciones previas administrativas

Agota correctamente la vía administrativa antes de acudir al Juzgado de lo Social.

Redactamos la reclamación previa necesaria antes de acudir a juicio: resoluciones de Seguridad Social y reclamaciones administrativas del personal funcionario y estatutario.

ADVERTENCIA JURÍDICA — PLAZOS BREVES

En materia de prestaciones de Seguridad Social normalmente debes agotar primero la vía administrativa. Los plazos varían según la resolución y las impugnaciones de altas médicas tienen reglas especialmente breves.

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Información del servicio

Qué es una reclamación previa

En la mayoría de prestaciones de Seguridad Social debes presentar una reclamación previa ante el INSS o el organismo competente antes de acudir al Juzgado de lo Social. Sin este trámite, el juzgado puede inadmitir la demanda. Te indicamos cómo y cuándo presentarla correctamente.

Qué resoluciones pueden reclamarse

Si tu resolución no aparece en esta lista, comprobamos igualmente si es reclamable y por qué vía.

Situaciones más habituales
  • Incapacidad permanente denegada.
  • Prestación denegada.
  • Desacuerdo con el grado de incapacidad.
  • Cuantía incorrecta.
  • Alta médica discutida.
  • Base reguladora mal calculada.
  • Determinación de contingencia.
  • Resolución del INSS o mutua no conforme.
  • Enfermedad común que se considera laboral.
  • Revisión de prestaciones.
Cómo preparamos tu reclamación previa
El proceso, paso a paso
  • Comprobamos el organismo competente, el trámite aplicable y el plazo.
  • Ordenamos los hechos, las fechas y la documentación disponible.
  • Redactamos los motivos de oposición y lo que se solicita.
  • Te entregamos el escrito listo para presentar, con indicaciones sobre los siguientes pasos.
Qué ocurre después

Si la reclamación previa se estima, el conflicto puede quedar resuelto sin acudir a juicio. Si se desestima o no se resuelve en plazo, te indicaremos qué demanda corresponde presentar ante el Juzgado de lo Social.

Plazo de preparación

Plazo de preparación: 3–5 días hábiles, con carácter general, desde que dispongamos de toda la documentación e información necesaria para preparar el servicio.

¿Tu asunto tiene un plazo próximo? Indícalo al enviarnos la documentación. Los casos urgentes se valoran de forma prioritaria según plazo y disponibilidad.

Otras materias del personal funcionario

Además de retribuciones y tiempo de trabajo, atendemos reclamaciones sobre permisos y conciliación, funciones y clasificación, carrera profesional y grado, movilidad y provisión de puestos, excedencias y situaciones administrativas, cese de personal interino y procesos selectivos o bolsas.

Estamos terminando de cerrar este dato con nuestro equipo jurídico. Si lo necesitas para decidir, escríbenos y te lo confirmamos para tu caso concreto.