Te ayudamos a cumplir el trámite previo cuando es obligatorio o a valorar una conciliación voluntaria cuando puedes acudir directamente a juicio.
Para los asuntos en los que el intento de conciliación es un trámite previo al proceso. Despido · sanciones · cantidad · clasificación profesional · etc.
Ver papeletas obligatoriasPara determinados conflictos en los que puedes acudir directamente al Juzgado, pero puede valorarse intentar antes una solución pactada. Vacaciones · conciliación · acoso/discriminación · movilidad · trabajo a distancia.
Ver conciliación voluntariaEn estos procedimientos puedes acudir directamente al Juzgado de lo Social sin presentar previamente una papeleta de conciliación.
La conciliación voluntaria solo debe utilizarse cuando sea jurídicamente adecuada y sin poner en riesgo el plazo para presentar la demanda.
Cuando un procedimiento está exceptuado de conciliación previa, la LRJS contempla efectos sobre los plazos si las partes acuden voluntariamente y de común acuerdo a conciliación o mediación y el acuerdo puede tener eficacia jurídica.
No debes asumir que presentar unilateralmente una papeleta suspende automáticamente tu plazo para demandar.
Comprobar mi plazo antes de intentar un acuerdo| Criterio | Conciliación previa obligatoria | Conciliación voluntaria |
|---|---|---|
| ¿Es necesaria antes de demandar? | Sí, cuando la LRJS la exige | No |
| ¿Puedes acudir directamente al Juzgado? | En principio, no sin cumplir el trámite | Sí |
| Finalidad | Cumplir el trámite previo e intentar acuerdo | Intentar evitar el proceso judicial |
| ¿Debes controlar igualmente el plazo? | Sí | Sí, especialmente |
| ¿Suspende automáticamente el plazo? | Se aplican los efectos del art. 65 | No debe presumirse; depende del art. 64.3 y del acuerdo voluntario de las partes |