VACACIONES

Intento de acuerdo sobre vacaciones

Para intentar alcanzar un acuerdo sobre fechas, disfrute o discrepancias relativas a vacaciones antes de acudir al Juzgado.

Para intentar alcanzar un acuerdo sobre fechas, disfrute o discrepancias relativas a vacaciones antes de acudir al Juzgado.

ADVERTENCIA JURÍDICA — NO RETRASES LA DEMANDA

Los conflictos sobre vacaciones suelen tramitarse por el procedimiento especial del art. 125 LRJS y no exigen conciliación previa. No retrases la demanda: comprueba el plazo antes de intentar un acuerdo.

Comprobar mi plazo antes de intentar un acuerdo
¿Para quién es?

Para ti si:

quieres disfrutar tus vacaciones y la empresa te ha denegado las fechas;
hay un conflicto sobre el calendario o el reparto de vacaciones;
necesitas dejar constancia escrita antes de continuar por la vía correspondiente;
quieres confirmar qué procedimiento corresponde a tu caso concreto.
Información y documentación recomendada
Contrato y convenio colectivo.
Calendario de vacaciones de la empresa, si existe.
Solicitud de vacaciones y respuesta de la empresa.
Comunicaciones sobre las fechas.

No necesitas disponer de todo. Aporta lo que tengas y te indicaremos si falta algo imprescindible.

Qué incluye
  • Valoración de la vía aplicable
  • Solicitud si corresponde
  • Hechos y pretensiones ordenados
  • Indicaciones sobre el siguiente paso
No incluye

No incluye el procedimiento especial de vacaciones (art. 125 LRJS) ni demanda judicial, salvo que se contraten expresamente como otro servicio.

A consultar
IVA incluido
Valorar un acuerdoVer catálogo
Pago seguro
Confirmación inmediata
Revisión profesional

Con este servicio podrás

Valoración de la vía aplicable

Confirmamos si tu conflicto de vacaciones exige conciliación previa o el procedimiento especial.

Solicitud si corresponde

Preparamos la solicitud de conciliación voluntaria solo cuando la vía aplicable lo permita.

Hechos y pretensiones ordenados

Recogemos fechas, comunicaciones y la petición concreta.

Indicaciones sobre el siguiente paso

Te explicamos qué procedimiento corresponde a tu caso.

¿Cuál puede ser el siguiente paso?

Si después de este servicio necesitas continuar, te indicaremos qué procedimiento corresponde a tu caso. No es un paso automático.

Demanda judicial correspondiente

Si esta vía no es adecuada o no se alcanza un acuerdo, te dirigimos al procedimiento judicial que corresponda a tu caso.

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Otros servicios de conciliación

Explora el resto de materias en las que puede valorarse un acuerdo antes de acudir a juicio.

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