Preparamos tu demanda cuando la empresa rechaza o no acepta la medida de conciliación que necesitas, valorando tus necesidades familiares, la propuesta realizada y las razones organizativas de la empresa.
Preparamos tu demanda cuando la empresa rechaza o no acepta la medida de conciliación que necesitas, valorando tus necesidades familiares, la propuesta realizada y las razones organizativas de la empresa.
La LRJS establece un plazo de 20 días desde que la empresa comunica su negativa o disconformidad con la propuesta para presentar la demanda. El procedimiento tiene carácter urgente y preferente.
Comprobar mi plazoPara ti si:
No necesitas disponer de todo. Aporta lo que tengas y te indicaremos si falta algo imprescindible.
Salvo contratación adicional, no incluye: solicitud previa a la empresa, negociación directa, recopilación de prueba externa, informes médicos o sociales, asistencia a juicio, tutela autónoma, recursos, ejecución.
Antes de nada verificamos que el procedimiento y el plazo aplicables sean los correctos.
Hechos, fundamentos jurídicos y petición adaptados a tu caso.
Organizamos los documentos que deben acompañar o servir de soporte a la demanda.
Control jurídico final antes de la entrega.
Lo primero que te preguntamos: ¿Cuándo te comunicó la empresa la negativa o disconformidad?
Confirmamos que tu caso corresponde realmente a este procedimiento y no a otro.
Hechos, fundamentos jurídicos, prueba y petición, adaptados a tu situación.
Control jurídico final y entrega de la demanda lista para presentar.
Para personas trabajadoras con una controversia sobre derechos de conciliación reconocidos legal o convencionalmente. Puede afectar, según el derecho ejercitado y las circunstancias, a:
Salvo contratación adicional:
Según el caso también puede hacer falta: documentación familiar, horarios, certificados, informes.
No necesitas disponer de todo. Aporta lo que tengas y te indicaremos si falta algo imprescindible.
La demanda no puede limitarse a decir «quiero este horario». Debe reconstruir la ponderación entre tu necesidad de conciliación y las necesidades organizativas de la empresa.
Además, el art. 139 LRJS prevé que ambas partes lleven al acto previo al juicio y al propio juicio sus propuestas y alternativas de concreción. Por eso te pedimos las tuyas desde el principio.
La LRJS establece un plazo de 20 días desde que la empresa comunica su negativa o disconformidad con la propuesta para presentar la demanda. El procedimiento tiene carácter urgente y preferente.
Lo primero que te preguntaremos: ¿Cuándo te comunicó la empresa la negativa o disconformidad? Si el plazo está muy próximo, damos prioridad a tu caso.
La papeleta de conciliación no es un requisito para demandar en este procedimiento: está expresamente exceptuado del intento de conciliación o mediación administrativa previa. Puede intentarse un acuerdo de forma voluntaria si tiene sentido estratégico, pero nunca como paso obligatorio, y nunca a costa del plazo.
Si todavía no has solicitado la medida, el orden lógico es: consulta, solicitud de conciliación a la empresa, respuesta, y solo entonces esta demanda.
Si ya existe negativa y la viabilidad es clara, puedes ir directamente a la demanda. En casos complejos, el informe de viabilidad de conciliación familiar define qué medida tiene sentido reclamar y con qué argumentos; esta demanda convierte esa estrategia en una acción judicial.
Plazo de preparación: 5–7 días hábiles, con carácter general, desde que dispongamos de toda la documentación e información necesaria.
¿Tu asunto tiene un plazo próximo? Indícalo al enviarnos la documentación. Los casos urgentes se valoran de forma prioritaria según plazo y disponibilidad.
Estamos terminando de cerrar este dato con nuestro equipo jurídico. Si lo necesitas para decidir, escríbenos y te lo confirmamos para tu caso concreto.
Si después de este servicio necesitas continuar, te indicaremos qué procedimiento corresponde a tu caso. No es un paso automático.
Define qué medida tiene sentido reclamar y con qué argumentos antes de demandar.
Ver detallesAntes del juzgado suele convenir dejar por escrito lo que pides a la empresa.
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