Teletrabajo · Art. 138 bis LRJS

Demanda sobre teletrabajo

Preparamos tu demanda cuando existe una discrepancia con la empresa sobre el acceso al trabajo a distancia, su reversión o la modificación de las condiciones acordadas.

Preparamos tu demanda cuando existe una discrepancia con la empresa sobre el acceso al trabajo a distancia, su reversión o la modificación de las condiciones acordadas.

ADVERTENCIA JURÍDICA — 20 DÍAS HÁBILES DESDE LA NEGATIVA

El art. 138 bis LRJS establece 20 días hábiles desde que la empresa comunica su negativa o disconformidad con la propuesta realizada por la persona trabajadora. El procedimiento es además urgente y preferente, con señalamiento rápido y sentencia en un plazo procesal abreviado.

Comprobar mi plazo
¿Para quién es?

Para ti si:

negativa empresarial al trabajo a distancia;
negativa a modificar sus condiciones;
discrepancia sobre la reversión;
controversia sobre una propuesta de teletrabajo;
otras discrepancias directamente incluidas en el art. 138 bis.
Información y documentación recomendada
Propuesta de trabajo a distancia.
Negativa o disconformidad de la empresa.
Acuerdo de teletrabajo.
Convenio.
Política interna de la empresa.

No necesitas disponer de todo. Aporta lo que tengas y te indicaremos si falta algo imprescindible.

Qué incluye
  • Identificación del derecho ejercitado: acceso, reversión o modificación.
  • Revisión de la propuesta del trabajador.
  • Revisión de la respuesta empresarial.
  • Revisión del acuerdo de trabajo a distancia, cuando exista.
  • Convenio colectivo.
  • Políticas internas.
  • Análisis de los motivos empresariales.
  • Alternativas.
  • Fundamentación jurídica.
  • Redacción de la demanda.
  • Preparación documental.
  • Revisión profesional.
No incluye

Salvo contratación adicional, no incluye: solicitud inicial de teletrabajo, negociación, elaboración del acuerdo de trabajo a distancia, reclamaciones de gastos autónomas, reclamaciones preventivas, asistencia judicial, recursos.

A consultar
IVA incluido
Preparar mi demandaVer catálogo
Pago seguro
Confirmación inmediata
Revisión profesional

Qué incluye este servicio

Comprobación de la vía y el plazo

Antes de nada verificamos que el procedimiento y el plazo aplicables sean los correctos.

Demanda redactada

Hechos, fundamentos jurídicos y petición adaptados a tu caso.

Preparación documental

Organizamos los documentos que deben acompañar o servir de soporte a la demanda.

Revisión profesional

Control jurídico final antes de la entrega.

Cómo preparamos tu demanda

1

Comprobamos el plazo

Lo primero que te preguntamos: ¿Cuándo recibiste la negativa o disconformidad empresarial?

2

Verificamos la vía procesal

Confirmamos que tu caso corresponde realmente a este procedimiento y no a otro.

3

Preparamos la demanda

Hechos, fundamentos jurídicos, prueba y petición, adaptados a tu situación.

4

Revisión y entrega

Control jurídico final y entrega de la demanda lista para presentar.

Información del servicio

¿Para quién es?

Para personas trabajadoras que hayan recibido:

  • negativa empresarial al trabajo a distancia;
  • negativa a modificar sus condiciones;
  • discrepancia sobre la reversión;
  • controversia sobre una propuesta de teletrabajo;
  • otras discrepancias directamente incluidas en el art. 138 bis.
Qué incluye
  • Identificación del derecho ejercitado: acceso, reversión o modificación.
  • Revisión de la propuesta del trabajador.
  • Revisión de la respuesta empresarial.
  • Revisión del acuerdo de trabajo a distancia, cuando exista.
  • Convenio colectivo.
  • Políticas internas.
  • Análisis de los motivos empresariales.
  • Alternativas.
  • Fundamentación jurídica.
  • Redacción de la demanda.
  • Preparación documental.
  • Revisión profesional.
Qué no incluye

Salvo contratación adicional:

  • Solicitud inicial de teletrabajo.
  • Negociación.
  • Elaboración del acuerdo de trabajo a distancia.
  • Reclamaciones de gastos autónomas.
  • Reclamaciones preventivas.
  • Asistencia judicial.
  • Recursos.
Documentación necesaria

Según el caso también puede hacer falta: acuerdo de teletrabajo, convenio, política interna de la empresa.

Imprescindible
  • Propuesta de trabajo a distancia.
  • Negativa o disconformidad de la empresa.

No necesitas disponer de todo. Aporta lo que tengas y te indicaremos si falta algo imprescindible.

Qué recibirás
  • Demanda preparada para presentación.
No todo el teletrabajo va por esta vía

El art. 138 bis establece que cuando la reclamación de trabajo a distancia esté relacionada con el ejercicio de derechos de conciliación de la vida personal, familiar y laboral, se sigue el procedimiento del art. 139 LRJS.

Por eso hacemos routing antes de preparar nada: el teletrabajo ordinario va por esta demanda; el teletrabajo solicitado como medida de conciliación va por la demanda de conciliación de la vida familiar y laboral.

Plazo crítico

El art. 138 bis LRJS establece 20 días hábiles desde que la empresa comunica su negativa o disconformidad con la propuesta realizada por la persona trabajadora. El procedimiento es además urgente y preferente, con señalamiento rápido y sentencia en un plazo procesal abreviado.

Lo primero que te preguntaremos: ¿Cuándo recibiste la negativa o disconformidad empresarial? Si el plazo está muy próximo, damos prioridad a tu caso.

¿Necesito papeleta de conciliación?

La papeleta de conciliación no es un requisito para demandar en este procedimiento: está expresamente exceptuado del intento de conciliación o mediación administrativa previa. Puede intentarse un acuerdo de forma voluntaria si tiene sentido estratégico, pero nunca como paso obligatorio, y nunca a costa del plazo.

¿Consulta o demanda?

Una consulta responde a «¿tengo derecho al teletrabajo?» o «¿puede la empresa obligarme a volver presencialmente?».

Esta demanda es el paso siguiente cuando ya existe una decisión concreta susceptible de impugnación.

Precio y plazo de preparación

Plazo de preparación: 3–5 días hábiles, con carácter general, desde que dispongamos de toda la documentación e información necesaria para preparar el servicio.

¿Tu asunto tiene un plazo próximo? Indícalo al enviarnos la documentación. Los casos urgentes se valoran de forma prioritaria según plazo y disponibilidad.

Estamos terminando de cerrar este dato con nuestro equipo jurídico. Si lo necesitas para decidir, escríbenos y te lo confirmamos para tu caso concreto.

¿Cuál puede ser el siguiente paso?

Si después de este servicio necesitas continuar, te indicaremos qué procedimiento corresponde a tu caso. No es un paso automático.

Solicitudes a la empresa

Antes del juzgado suele convenir dejar por escrito lo que pides a la empresa.

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Demanda de conciliación de la vida familiar y laboral

El teletrabajo pedido como medida de conciliación va por el art. 139, no por esta vía.

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Intento de acuerdo sobre trabajo a distancia

Puede intentarse un acuerdo, pero no es un paso necesario antes de demandar.

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