Despido

Papeleta por despido

Prepara la conciliación previa para impugnar tu despido dentro de plazo.

Redactamos la papeleta con los hechos, la fecha de efectos, la pretensión y la documentación relevante para intentar resolver el conflicto antes de acudir a juicio.

ADVERTENCIA JURÍDICA — PLAZO DE 20 DÍAS HÁBILES

Si quieres impugnar tu despido, dispones de 20 días hábiles desde la fecha de efectos del despido. La papeleta de conciliación suspende el plazo de caducidad, pero no lo elimina.

Calcular mi plazo para impugnar el despido
¿Para quién es?

Para ti si:

has recibido una carta de despido y quieres impugnarlo;
consideras que el despido es improcedente o nulo;
necesitas presentar la papeleta antes de continuar por la vía judicial;
quieres dejar constancia formal de tu reclamación dentro de plazo.
Qué incluye
  • Papeleta redactada
  • Hechos y pretensiones ordenados
  • Revisión de la documentación aportada
  • Documento listo para presentar
219,90 €
IVA incluido
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Confirmación inmediata
Revisión profesional

Qué recibirás

Papeleta redactada

Documento de conciliación con los hechos y la pretensión de tu caso.

Hechos y pretensiones ordenados

Exposición clara de lo ocurrido y de lo que solicitas.

Revisión de la documentación aportada

Comprobamos que los datos aportados son coherentes con tu reclamación.

Documento listo para presentar

Recibes la papeleta preparada para presentar ante el SMAC/ORECLA.

Cómo preparamos tu papeleta

1

Revisión del conflicto

Analizamos la materia, la vía aplicable y si procede la conciliación previa.

2

Hechos y pretensiones

Ordenamos los hechos, las fechas y lo que quieres pedir o reclamar.

3

Redacción de la papeleta

Redactamos la papeleta de conciliación con los datos aportados.

4

Documento listo para presentar

Recibes la papeleta preparada para presentar ante el SMAC/ORECLA correspondiente.

Información del servicio

Qué es esta papeleta

La papeleta de conciliación por despido es el escrito con el que inicias la reclamación frente a la empresa cuando quieres impugnar un despido.

En la mayoría de los casos, este trámite debe realizarse antes de presentar una demanda ante el Juzgado de lo Social. En la papeleta se identifican la empresa y la persona trabajadora, se explica cómo se ha producido el despido, se recogen los hechos relevantes y se concreta qué se reclama.

Su finalidad es intentar alcanzar un acuerdo con la empresa antes de acudir a juicio y, al mismo tiempo, dejar correctamente planteada la reclamación que podrá continuar posteriormente por vía judicial si no existe acuerdo.

En LABORARE revisamos tu despido y preparamos la papeleta adaptada a las circunstancias concretas de tu caso.

¿Para quién es?

Este servicio está pensado para personas trabajadoras que hayan sido despedidas y quieran impugnar la decisión de la empresa. Puede ser adecuado, entre otros casos, si:

  • has recibido una carta de despido disciplinario;
  • te han comunicado un despido objetivo;
  • consideras que los motivos indicados por la empresa no son ciertos o no están suficientemente justificados;
  • crees que la empresa no ha cumplido correctamente los requisitos formales del despido;
  • quieres reclamar que el despido sea declarado improcedente;
  • existen circunstancias que podrían justificar la nulidad del despido;
  • sospechas que el despido puede estar relacionado con discriminación, represalias, ejercicio de derechos laborales, conciliación familiar u otra posible vulneración de derechos fundamentales;
  • además del despido, existen cantidades pendientes que sea necesario valorar.

Si no tienes claro si deberías impugnar el despido o qué deberías reclamar, puedes empezar por una consulta para que analicemos tu situación antes de preparar la papeleta.

Qué situaciones cubre
  • Despido disciplinario.
  • Despido objetivo.
  • Despido verbal.
  • Baja encubierta.
  • Finalización durante baja médica.
  • Fin de contrato temporal fraudulento.
  • Falta de llamamiento.
  • Despido tras reclamar derechos.
  • Despido después de denunciar acoso.
  • Extinción de falso autónomo con indicios de laboralidad.
Qué incluye
  • Revisión de la documentación básica.
  • Identificación del tipo de despido.
  • Redacción de la papeleta.
  • Inclusión de la pretensión laboral correspondiente.
Qué no incluye

No incluye informe completo de viabilidad, asistencia al acto de conciliación, negociación con la empresa, demanda judicial ni representación en juicio.

Documentación necesaria
  • Carta de despido.
  • Fecha de notificación y de efectos.
  • Contrato de trabajo.
  • Nóminas recientes.
  • Finiquito, si lo tienes.
  • Comunicaciones con la empresa.
Cómo preparamos tu papeleta

El proceso comienza con la información y documentación que nos facilites sobre tu relación laboral y el despido.

1. Revisamos tu despido. Analizamos, entre otros elementos, la carta o comunicación de despido, la fecha en la que produce efectos, tu contrato, antigüedad, categoría profesional, salario, el convenio colectivo cuando sea relevante, los motivos alegados por la empresa, la documentación y comunicaciones relacionadas y las circunstancias que puedan afectar a la calificación del despido.

2. Comprobamos el plazo. El despido está sujeto a un plazo de caducidad muy breve, por lo que comprobamos la fecha de efectos y si la acción sigue dentro de plazo.

3. Identificamos qué debe reclamarse. Valoramos cómo debe plantearse la conciliación y si existen elementos para solicitar, según las circunstancias del caso, la improcedencia o nulidad del despido, así como otras pretensiones relacionadas.

4. Redactamos la papeleta. Preparamos un escrito personalizado con la identificación de las partes, los datos principales de la relación laboral, los antecedentes, la fecha y forma del despido, los hechos relevantes, los motivos de impugnación y la pretensión que se formula frente a la empresa.

5. Realizamos la revisión jurídica final. Antes de entregártela, revisamos la coherencia entre los hechos, la documentación, la reclamación planteada y el eventual procedimiento judicial posterior.

Qué recibirás

Recibirás una papeleta de conciliación por despido redactada y revisada jurídicamente, preparada con la información de tu caso. El documento incluirá, cuando resulte necesario:

  • tus datos y los de la empresa;
  • información esencial de la relación laboral;
  • antigüedad, categoría y salario relevantes;
  • descripción del despido;
  • fecha de efectos;
  • hechos en los que se basa la reclamación;
  • motivos de oposición al despido;
  • petición formulada frente a la empresa.

También te indicaremos el siguiente paso recomendado en función de tu situación. La contratación de la papeleta no incluye automáticamente asistencia al acto de conciliación, negociación con la empresa, presentación de demanda judicial, asistencia a juicio ni representación durante el procedimiento. Estos servicios pueden contratarse por separado.

Plazo para impugnar el despido

El plazo para impugnar un despido es de 20 días hábiles desde que se produce el despido. Se trata de un plazo de caducidad, por lo que es especialmente importante actuar con rapidez. No se computan sábados, domingos ni los festivos correspondientes.

La presentación de la solicitud de conciliación suspende el plazo de caducidad. El cómputo se reanuda, con carácter general, al día siguiente de celebrarse o intentarse la conciliación o una vez transcurrido el plazo legal previsto sin que se haya celebrado.

Por este motivo, si acabas de recibir una carta de despido o no sabes cuántos días te quedan para reclamar, es importante comprobar la fecha inmediatamente.

¿Tu despido es reciente? Indícanos la fecha de efectos del despido al iniciar el servicio para que podamos comprobar el plazo antes de preparar la papeleta.

Qué ocurre después de presentar la papeleta

Tras la presentación se cita a las partes al acto de conciliación. Si se alcanza un acuerdo, el conflicto puede quedar resuelto en ese momento. Si no se alcanza un acuerdo y procede continuar, te indicaremos qué actuación corresponde en tu caso.

Preguntas frecuentes

¿Es obligatorio presentar una papeleta antes de demandar por despido? Con carácter general, sí. La conciliación o mediación previa es el trámite que precede a la demanda laboral cuando no concurre alguna de las excepciones legalmente previstas.

¿Cuánto tiempo tengo para reclamar un despido? Dispones, con carácter general, de 20 días hábiles desde la fecha de efectos del despido. Es un plazo de caducidad.

¿Presentar la papeleta paraliza el plazo? La presentación de la solicitud de conciliación suspende el plazo de caducidad en los términos previstos legalmente. Por eso es fundamental conocer cuántos días habían transcurrido antes de presentarla.

¿Qué documentación necesito? Normalmente la carta de despido, el contrato de trabajo, las últimas nóminas y las comunicaciones relacionadas con el despido. Dependiendo del caso podremos solicitar otros documentos, como convenio colectivo, comunicaciones internas, sanciones anteriores, partes médicos o documentación relacionada con conciliación familiar.

¿Qué ocurre si no tengo carta de despido? También puede existir un despido aunque no se haya entregado una carta formal. En ese caso necesitaremos conocer exactamente qué ha sucedido, cuándo dejaste de prestar servicios y qué comunicaciones has recibido de la empresa. Puede ser recomendable realizar primero una consulta para determinar cómo debe plantearse la reclamación.

¿La papeleta incluye el cálculo de mi indemnización? Podemos utilizar los datos salariales y de antigüedad necesarios para plantear correctamente la reclamación. Si el asunto requiere un cálculo económico complejo o existen diferencias salariales, conceptos variables u otras cantidades pendientes, puede ser necesario contratar un servicio complementario de análisis o reclamación de cantidad.

¿Puedo reclamar también salarios o cantidades pendientes? En determinados casos pueden existir cantidades relacionadas con la extinción de la relación laboral. Si hay salarios, complementos, vacaciones, horas extraordinarias u otras cantidades pendientes, podremos recomendarte también el servicio correspondiente de reclamación de cantidad.

¿Qué pasa después de presentar la papeleta? Se señalará un acto de conciliación ante el organismo administrativo correspondiente. Pueden darse tres situaciones: con avenencia (se alcanza un acuerdo), sin avenencia (se celebra el acto pero no hay acuerdo) o intentado sin efecto (por ejemplo, cuando la empresa no comparece). Si no se alcanza una solución y quieres continuar, el siguiente paso será preparar y presentar la demanda por despido dentro del plazo restante.

¿LABORARE asiste también al acto de conciliación? La redacción de la papeleta es un servicio independiente. Si necesitas asistencia o representación en el acto de conciliación, podrá contratarse como servicio adicional.

¿Y si no sé si mi despido es procedente, improcedente o nulo? No necesitas conocer la calificación jurídica antes de contactar con LABORARE. Si tu caso requiere un análisis previo más profundo, podremos recomendarte una consulta o un informe de viabilidad de despido antes de continuar.

¿Puedo contratar directamente la papeleta sin hacer una consulta? Sí, cuando el despido y la documentación permiten identificar claramente el servicio que necesitas. Si durante la revisión detectamos cuestiones que requieren un análisis adicional (posibles derechos fundamentales, problemas con la antigüedad, salario, grupo empresarial o naturaleza de la extinción), te indicaremos el servicio previo o complementario más adecuado.

¿Cuál puede ser el siguiente paso?

Si después de este servicio necesitas continuar, te indicaremos qué procedimiento corresponde a tu caso. No es un paso automático.

Consulta de dudas laborales

Si tienes dudas sobre tu situación, empieza con una valoración profesional de tu caso.

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Demanda por despido

Si el acto de conciliación termina sin acuerdo y procede continuar, prepara tu demanda.

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Pack reclamación

Para casos complejos, amplía el acompañamiento con estrategia y redacción profesional.

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